El contrato
Objeto original: Contrato de servicios de bar-cafetería y comedor del Hogar del Pensionista de Guadarrama.
- Valor estimado
- 150.786,58 €
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14 díasrestantes
13/11/2026, 23:59
¿De cuánto hablamos?
75.393,29 €
Presupuesto base
¿Cuánto dura?
2 años
Objeto original: Contrato de servicios de bar-cafetería y comedor del Hogar del Pensionista de Guadarrama.
Pregunta lo que quieras sobre este pliego
Preguntas en lenguaje normal y te responde con la cláusula exacta del documento donde lo pone. Tres de las que contesta:
Cómo se reparten los puntos en la valoración de ofertas.
Oferta económica: aportación municipal.
AutomáticoCLÁUSULA 21ª del PCAP. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los servicios objeto del presente contrato, atendiendo a los códigos CPV asignados, se encuentran incluidos entre los servicios especiales del Anexo IV de la LCSP, concretamente en la categoría de «Servicios de hostelería y restaurante». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP, en los contratos de servicios comprendidos en dicho anexo, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Por ello, la adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor calidad-precio, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación, todos ellos cuantificables automáticamente, con una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 1. Oferta económica: aportación municipal. Hasta 49 puntos. Se atribuirán 49 puntos al licitador que haya presentado el mayor porcentaje de baja sobre el importe de la aportación municipal, IVA excluido, establecido en 75.393,29 euros para los dos años iniciales del contrato, de conformidad con lo previsto en la cláusula 6.ª del presente pliego, y al resto de licitadores se atribuirá la puntuación de forma proporcional, atendiendo al porcentaje de baja ofertado sobre dicho importe, según la siguiente fórmula: P= (Ob/Ome) x 49 Siendo: -P: Puntuación obtenida. -Ome: El porcentaje de baja correspondiente a la oferta más económica. -Ob: El porcentaje de baja correspondiente al licitador que se valora. La elección de dicha fórmula se justifica en la relación de proporcionalidad entre las ofertas presentadas, atendiendo al porcentaje de baja ofertado sobre el importe de la aportación municipal. En el supuesto de que ninguna de las ofertas admitidas presente baja respecto del presupuesto base de licitación, todas ellas obtendrán 0 puntos en este criterio.
Oferta de prensa diaria.
AutomáticoCLÁUSULA 21ª del PCAP. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los servicios objeto del presente contrato, atendiendo a los códigos CPV asignados, se encuentran incluidos entre los servicios especiales del Anexo IV de la LCSP, concretamente en la categoría de «Servicios de hostelería y restaurante». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP, en los contratos de servicios comprendidos en dicho anexo, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Por ello, la adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor calidad-precio, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación, todos ellos cuantificables automáticamente, con una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 5. Oferta de prensa diaria. Hasta 9 puntos. Se valorará el compromiso del licitador de poner a disposición de las personas usuarias del Hogar del Pensionista de Guadarrama prensa escrita diaria, sin coste adicional para el Ayuntamiento ni para las personas usuarias. La puntuación se distribuirá de la siguiente manera: -Por no ofrecer publicaciones: 0 puntos. -Por ofrecer dos publicaciones de información general: 4 puntos. -Por ofrecer dos publicaciones de información general y dos publicaciones deportivas: 9 puntos. No se otorgarán puntuaciones intermedias entre los tramos establecidos, asignándose en cada caso la puntuación correspondiente al mayor número de publicaciones alcanzado. Los ejemplares deberán ponerse a disposición de las personas usuarias en las instalaciones del Hogar del Pensionista, durante el horario de apertura del servicio y los días en que exista edición de las correspondientes publicaciones. El compromiso deberá mantenerse durante toda la vigencia del contrato.
Servicios de restauración para celebraciones y eventos municipales.
AutomáticoCLÁUSULA 21ª del PCAP. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los servicios objeto del presente contrato, atendiendo a los códigos CPV asignados, se encuentran incluidos entre los servicios especiales del Anexo IV de la LCSP, concretamente en la categoría de «Servicios de hostelería y restaurante». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP, en los contratos de servicios comprendidos en dicho anexo, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Por ello, la adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor calidad-precio, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación, todos ellos cuantificables automáticamente, con una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 4. Servicios de restauración para celebraciones y eventos municipales. Hasta 9 puntos. Se valorará el compromiso del licitador de prestar, sin coste adicional para el Ayuntamiento, servicios de restauración vinculados a celebraciones, actividades o eventos organizados por la concejalía del Mayor y dirigidos a las personas usuarias del Hogar del Pensionista. A estos efectos, podrán consistir en desayunos o meriendas cuya celebración sea determinada por la concejalía del Mayor. La modalidad concreta del servicio, la fecha de celebración y el número previsto de asistentes serán determinados por la concejalía del Mayor con una antelación mínima de 15 días, sin que en ningún caso pueda superarse el límite máximo de 50 personas por servicio. La puntuación se distribuirá de la siguiente manera: -Por no ofrecer compromiso de servicios anuales: 0 puntos. -Por el compromiso de prestar un servicio anual: 3 puntos. -Por el compromiso de prestar dos servicios anuales: 6 puntos. -Por el compromiso de prestar tres servicios anuales: 9 puntos. No se otorgarán puntuaciones intermedias entre los tramos establecidos, asignándose en cada caso la puntuación correspondiente al mayor número de servicios comprometido. Los servicios se prestarán en las fechas determinadas por la concejalía del Mayor y deberán ser independientes de las actividades de dinamización valoradas en el criterio anterior, sin que una misma prestación pueda ser objeto de valoración en ambos criterios.
Servicio de entrega de menús a domicilio.
AutomáticoCLÁUSULA 21ª del PCAP. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los servicios objeto del presente contrato, atendiendo a los códigos CPV asignados, se encuentran incluidos entre los servicios especiales del Anexo IV de la LCSP, concretamente en la categoría de «Servicios de hostelería y restaurante». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP, en los contratos de servicios comprendidos en dicho anexo, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Por ello, la adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor calidad-precio, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación, todos ellos cuantificables automáticamente, con una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 2. Servicio de entrega de menús a domicilio. Hasta 18 puntos. Se valorará el compromiso del licitador de ofrecer, durante toda la vigencia del contrato, un servicio de entrega a domicilio de los menús elaborados en el comedor del Hogar del Pensionista, destinado a las personas usuarias del servicio que tengan su domicilio en el término municipal de Guadarrama. La puntuación se distribuirá de la siguiente manera: -Por asumir el compromiso de prestar el servicio de entrega a domicilio: 18 puntos. -Si no se asume dicho compromiso: 0 puntos. El servicio comprenderá la entrega en el domicilio de la persona usuaria del mismo menú que se ofrezca presencialmente en el comedor, en condiciones adecuadas de conservación, transporte y seguridad alimentaria. La prestación del servicio de entrega a domicilio no supondrá coste adicional para el Ayuntamiento ni incremento sobre el precio del menú establecido para las personas usuarias. El compromiso asumido tendrá carácter contractual y deberá mantenerse durante toda la vigencia del contrato. La incorporación de un servicio de entrega de menús a domicilio mejora la accesibilidad y calidad de la prestación, especialmente para aquellas personas mayores que, por razones de movilidad, salud o autonomía personal, puedan tener dificultades para desplazarse hasta las instalaciones del Hogar del Pensionista, facilitándoles el acceso a una alimentación adecuada.
Organización de actividades de dinamización de la cafetería.
AutomáticoCLÁUSULA 21ª del PCAP. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los servicios objeto del presente contrato, atendiendo a los códigos CPV asignados, se encuentran incluidos entre los servicios especiales del Anexo IV de la LCSP, concretamente en la categoría de «Servicios de hostelería y restaurante». De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP, en los contratos de servicios comprendidos en dicho anexo, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Por ello, la adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor calidad-precio, mediante una pluralidad de criterios de adjudicación, todos ellos cuantificables automáticamente, con una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 3. Organización de actividades de dinamización de la cafetería. Hasta 15 puntos. Se valorará el compromiso del licitador de organizar actividades anuales dirigidas a las personas usuarias del Hogar del Pensionista de Guadarrama, con la finalidad de fomentar la participación social, las relaciones personales y la utilización de la cafetería como espacio de encuentro. Entre las actividades que podrán desarrollarse se incluyen campeonatos de mus, brisca, parchís o dominó, así como otras iniciativas de carácter recreativo o social vinculadas al funcionamiento de la cafetería. La puntuación se distribuirá de la siguiente manera: -Por no ofrecer compromiso de actividades anuales: 0 puntos. -Por el compromiso de organizar dos actividades anuales: 7 puntos. -Por el compromiso de organizar cuatro actividades anuales: 11 puntos. -Por el compromiso de organizar seis actividades anuales: 15 puntos. No se otorgarán puntuaciones intermedias entre los tramos establecidos, asignándose en cada caso la puntuación correspondiente al mayor número de actividades alcanzado. Las actividades se desarrollarán sin coste adicional para el Ayuntamiento ni para las personas usuarias, en coordinación con la concejalía del Mayor, que determinará las fechas de su celebración. Las actividades computadas en este criterio deberán ser independientes de los servicios de restauración valorados en el criterio n.º 4, sin que una misma prestación pueda ser objeto de doble valoración.
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